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¿Está usted al tanto de si los acuerdos de lesiones personales son gravables en Albuquerque?
Según el Código de Rentas Internas, el estado fiscal de los acuerdos de lesiones personales depende de la naturaleza de los daños otorgados. Mientras que algunas formas de compensación, como los gastos médicos, no son gravables, otros daños, como los daños punitivos (punitive damages), pueden estar sujetos a impuestos.
¿Qué es un acuerdo de lesiones personales?
Un acuerdo de lesiones personales es un convenio legal que resuelve un reclamo de lesiones personales sin necesidad de un juicio. Los componentes del acuerdo incluyen negociaciones entre la parte lesionada y la compañía de seguros de la parte negligente, así como la redacción y firma de un acuerdo de conciliación.
Los factores que determinan el valor de un acuerdo de lesiones personales incluyen la magnitud de las lesiones de la víctima, los gastos médicos incurridos, los salarios perdidos, el dolor y sufrimiento, y cualquier discapacidad permanente.
Los acuerdos por reclamos de lesiones personales a menudo abarcan varios daños, cada uno sirviendo diferentes propósitos y abordando aspectos distintos de sus pérdidas.
- Acuerdos de daños económicos: Los daños económicos se refieren a las pérdidas financieras tangibles incurridas por usted debido a la lesión. Incluyen gastos médicos, salarios perdidos, daños a la propiedad, etc.
- Acuerdos de daños no económicos: Los daños no económicos son pérdidas intangibles que son más difíciles de cuantificar pero son igualmente significativas para reconocer su sufrimiento. Incluyen acuerdos por dolor y sufrimiento, pérdida del disfrute de la vida, pérdida de consorcio, etc.
- Acuerdos de daños punitivos: Los daños punitivos (punitive damages), también conocidos como daños ejemplares, se otorgan en casos de negligencia extrema o conducta intencional indebida por parte del demandado. A diferencia de los daños económicos y no económicos, los daños punitivos tienen la intención de castigar al demandado y disuadir comportamientos similares en el futuro.
Tipos de reclamos de lesiones personales
En el caso de los reclamos de lesiones personales, existen tres tipos de acuerdos. Estos incluyen:
- Acuerdos de suma global: Esto implica que la parte culpable o su compañía de seguros realice un pago único para compensar sus pérdidas, tales como facturas médicas, ingresos perdidos y dolor y sufrimiento.
- Acuerdos estructurados: En este tipo de acuerdo, la compensación se paga durante un período de tiempo en forma de pagos regulares y periódicos. Proporciona seguridad financiera a largo plazo para gastos médicos futuros u otras necesidades continuas.
- Acuerdos por muerte injusta: Si la lesión personal resulta en la muerte, el cónyuge de la víctima puede tener derecho a un acuerdo por muerte injusta (wrongful death settlement). Este compensa las pérdidas financieras y emocionales experimentadas por el cónyuge debido a la persona fallecida.
Implicaciones fiscales en Albuquerque
Según la Sección 61 del IRC, todos los ingresos son gravables sin importar la fuente de la cual se deriven, a menos que estén exentos por la Sección 104 del IRC. Esta proporciona una exención del ingreso gravable con respecto a demandas, acuerdos y adjudicaciones. Se debe considerar el propósito por el cual se recibe el pago del acuerdo, ya que no todas las cantidades recibidas de un acuerdo están exentas de impuestos.
Compensación no gravable por lesiones físicas en Albuquerque
El Código de Rentas Internas generalmente excluye la compensación por lesiones físicas o enfermedad de la tributación. La Sección 104 del Código describe cinco áreas específicas de exclusión para dicha compensación:
- Cantidades que usted recibió bajo las leyes de compensación laboral como reparación por lesiones personales
- El dinero que usted recibe como compensación por lesiones personales, ya sea de una demanda o acuerdo, en forma de sumas globales o pagos periódicos
- Dinero recibido como pensión, anualidad o asignación similar debido a lesiones por servir en el ejército u otro servicio gubernamental designado
- El dinero que usted recibe como ingreso por discapacidad debido a lesiones físicas
- Cantidades recibidas para atención médica relacionada con lesiones personales
La razón de estas exclusiones es que el código tributario tiene como objetivo aliviar la carga financiera sobre las personas que han sufrido lesiones físicas. Están destinadas a compensar su dolor y sufrimiento, gastos médicos, pérdida de ingresos y más debido a sus lesiones.
Al excluir estos tipos de compensación, la ley tributaria busca proporcionar alivio cuando usted ha sido afectado financieramente por lesiones físicas o enfermedad.
¿Cuándo se gravan los acuerdos de lesiones personales en Albuquerque?
En Albuquerque, los acuerdos de lesiones personales generalmente no están sujetos a impuestos federales o estatales sobre la renta si se otorgan como compensación por lesiones físicas o enfermedad. Sin embargo, existen excepciones y circunstancias específicas donde porciones del acuerdo pueden ser gravables.
Los daños recibidos por lesiones no físicas tales como angustia emocional, difamación y humillación son gravables. Solo son excluibles del ingreso bruto si se reciben a cuenta de una lesión física.
Los daños punitivos (punitive damages) típicamente no pueden ser excluidos del ingreso bruto excepto cuando se otorgan por reclamos de muerte injusta (wrongful death) según lo especificado por la ley estatal.
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Fuentes:
[1] IRC Section 104 (Compensation for injuries or sickness). (n.d.). https://www.taxnotes.com/research/federal/usc26/104
[2] Tax Implications of Settlements and Judgments | Internal Revenue Service. (n.d.). https://www.irs.gov/government-entities/tax-implications-of-settlements-and-judgments
